Hablar de memoria democrática en España, es poner sobre la mesa uno de los asuntos más polémicos y no resueltos de la actualidad. No estamos hablando de hechos pasados, sino de víctimas, cuya dignidad no ha sido restituida. Desde este enfoque, es imposible buscar argumentos ideológicos que intenten soterrar el problema de la desmemoria en España. Es una cuestión de justicia que viene reclamando parte de la ciudadanía y las Naciones Unidas a través de sus mecanismos de derechos humanos.
En los últimos meses, tenemos algunas noticias positivas en este sentido como un nuevo anteproyecto de Ley de Memoria Histórica y Democrática; la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, ha dejado sin efecto una orden del Ministerio Público del año 2016 para que, en el marco de la querella argentina por crímenes del franquismo se dejase de investigar bajo el principio de justicia universal; o las declaraciones del Secretario de Estado de Memoria Democrática, Fernando Martínez sobre el juzgamiento de los crímenes franquistas siguiendo las recomendaciones de la ONU y admitiendo que la Ley de Amnistía de 1977 (artículo 1c) no incluía delitos como la tortura.
Hasta este momento los argumentos políticos y jurídicos apuntaban justamente lo contrario: la impunidad, lo que demuestra que es una cuestión de voluntad por parte del Estado a la hora de aplicar la justicia en base al principio pro personae, es decir las personas primero y en el centro, para reparar la dignidad dañada.
El nuevo anteproyecto de ley avanza sobre las exhumaciones, la lucha contra la apología y asociacionismo franquista, la investigación fiscal y científica, la nulidad de sentencias franquistas y el reconocimiento específico de algunas víctimas, como aquellas perseguidas por su orientación sexual e identidad de género. También privilegia la investigación sobre la memoria democrática de las mujeres, como acción concreta de género, aunque se reconoce el carácter transversal en toda la ley en forma de reconocimiento y reparación. Esto es un gran logro y supone un avance respecto a la anterior Ley 52/2007 de “Memoria Histórica”. Lo que parece omitir de nuevo la ley es a las víctimas del franquismo por su orientación sexual e identidad de género, que se queda en un mero reconocimiento.
El feminismo jurídico y las movilizaciones internacionales por los derechos de las mujeres y la diversidad afectivo-sexual han producido aportes que han ido generando cambios. De no mencionar a estas víctimas, a reconocerlas ya es algo. Estas nuevas visiones critican la invisibilización de las mujeres y de las personas que no participan de la sexualidad normativa en el proyecto de derechos humanos y de ciudadanía.
Se puede decir que se obvia la especial violencia sufrida por la diversidad afectivo-sexual durante el franquismo. El régimen se cebó en la discriminación y criminalización de las sexualidades no normativas, desplegando un sistema jurídico represor y una serie de violencias para disciplinar e imponer un modelo de sociedad basado en el terror. Hubo nada menos que dos leyes persecutorias contra las personas LGTBIQ+ junto con el delito de escándalo público y todo un aparato carcelario, campos de concentración y sanatorios.
Superados el régimen y durante procesos de memoria democrática y justicia transicional, la LGTBIQfobia sigue con distinta intensidad, quedando las sexualidades no normativas deficientemente reparadas y en impunidad. Si ha habido una violencia diferencial por razones de diversidad afectivo-sexual, se espera una reparación proporcional. Pero nos encontramos un tratamiento incompleto o nulo en el plano jurídico y político que confinan a estas víctimas a seguir siendo consideradas como ciudadanía de segundo nivel, desde el punto de vista memorialístico.
Para abordar correctamente esta problemática, hay que reconocer a estas víctimas y supervivientes y apostar por una redistribución y una representación reflejadas en un presupuesto y en medidas concretas y transversales que se deberían contemplar en la ley y en su reglamentación, siguiendo estos cuatro derechos:
Derecho a la verdad: obligación de revelar a las víctimas y la sociedad todo lo que pueda saberse con certeza sobre las circunstancias del crimen, incluyendo la identidad de los perpetradores e instigadores y el paradero de víctimas desaparecidas. Implica el reconocimiento de las víctimas y unos hechos y representación equitativa de los colectivos implicados. Crear una Comisión de Verdad paritaria, con diversidad cultural, intergeneracional, participada por personas LGTBIQ+, con una metodología feminista y con la participación de organizaciones LGTBIQ+ que aporten testimonios. En este sentido es necesario habilitar un habeas data que genere un acceso un universal a los archivos y la inclusión y creación de un archivo de la diversidad afectivo-sexual, en el marco del archivo estatal de memoria histórica.
Derecho a la justicia: en relación con el deber del Estado de investigar, perseguir y castigar. Creación de una línea de investigación específica dentro de la fiscalía sobre los crímenes y la represión hacia la diversidad afectivo-sexual. También, el desarrollo de una querella específica sobre la represión de las personas LGTBIQ+ durante el franquismo, en el marco de la querella argentina.
Derecho a la reparación: el Estado está obligado a ofrecer a las víctimas o sus familiares algún tipo de compensación económica, restitución de propiedades, memoriales públicos, arte y memoria, conmemoraciones o material educativo con carácter inmediato. Esta dimensión pasa por la restitución económica, indemnización y pensiones vitalicias o complementos a las pensiones de personas ex-presas por su orientación sexual e identidad de género y sus familiares, que no sólo no pudieron cotizar durante su periodo presidiario sino que tuvieron una difícil reinserción social y laboral. Ya hubo un paquete de compensaciones económicas, como única compensación que ha habido hacia el colectivo LGTBIQ+, pero muy limitado en el tiempo y con escasa publicidad. También la instauración de una cultura artística y audiovisual de la memoria diversa que, frente a la desaparición de cuerpo apueste por un habeas imago: memoriales y lugares de memoria específicos o contemplar este tipo de represión en las subvenciones públicas que emanen de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática. También incentivando investigaciones académicas sobre los crímenes y la represión hacia la diversidad afectivo-sexual.
Garantías de no repetición: el Estado debe prevenir ante las víctimas y la sociedad la reaparición de los crímenes del pasado. Quizá la cuestión más avanzada en España, aunque sin conexión con la memoria criminalizada de las personas LGTBIQ+. Integrar en la organización del Estado institutos públicos con planes y presupuesto específicos que, alineados con un plan estatal en derechos humanos, luchen contra las violencias y discriminación hacia las personas LGTBIQ+ en base a la memoria. Incluir programas de educación específicos que eliminen la “virilización”, misoginia, homofobia y transfobia internas. Reformas legales que eliminen leyes y condenas relativas a la diversidad afectivo-sexual, así como la promoción de nuevas leyes que penen la homofobia y transfobia. Formación a las fuerzas de seguridad y defensa. Finalmente hay que mencionar el entorno educativo y cultural, fundamental para que, en el medio y largo plazo, mediante currículos académicos adecuados y el fomento cultural, las personas LGTBIQ+ se integren plenamente en una sociedad. El Estado que un día les consideró prescindibles ahora debe incluirles como valor democrático.
Ahora más que nunca, el cuestionamiento, simplificación y merma democráticos demuestran que es necesaria la memoria democrática, no como algo anacrónico que vive en el pasado, sino como una inyección de vitalidad para el presente. Y en todo ello se debe visibilizar a las personas LGTBIQ+.
[Fotografía del archivo de la FELGTB extraída de The Objective]