Mercedes Pagonabarraga. El pasado 6 de febrero, en el marco del Ciclo los “Dilluns dels Drets Humans”, organizado por Cristianisme i Justícia, Justicia i Pau y Mans Unides, se abordó el problema de las repercusiones que la pobreza provoca en la infancia bajo la rúbrica “Frenar el aumento de la pobreza infantil: ¿cómo protegemos a los más vulnerables?”, y comparto del todo las reflexiones que expusieron tanto Salvador Busquets como Sor Lucía Caram.
Me congratulo ya al inicio de la conferencia al afirmar Busquets que “pobreza sólo hay una, que se manifiesta en todos los ámbitos del ser humano y que se debe, por tanto, hablar de la vertiente infantil de la pobreza”. Esta primera aproximación me parece de vital importancia no sólo por cuanto enfoca realmente el problema de la pobreza estructural que vive nuestra sociedad y, por ende, permite un abordaje del problema de manera más sistémica y eficaz, sino por cuanto se dignifica la infancia al tratarla como sujeto de derechos y no como mero objeto de protección.
La Convención de los Derechos del Niño, aprobada por las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, implica un nuevo punto de vista sobre la infancia y sus derechos, ya que cambia el enfoque existente hasta entonces por la normativa de protección de menores y pasa a considerarlos como sujetos de protección, y no sólo como objetos de la misma, al reconocer a los niños y niñas como todo «ser humano capaz de desarrollarse física, mental, social, moral y espiritualmente con libertad y dignidad».
Y es que puede decirse, que los derechos humanos se han visto relegados hasta hace escasamente medio siglo cuando de la infancia se ha tratado, ya que hasta entonces no se habían desarrollado auténticas políticas públicas en pro de una vida digna de los niños y niñas. La atención a la infancia ha estado durante años en manos de la caridad y la beneficencia de entidades en su mayoría de carácter privado. Se trataba de dar solución a problemas como la mendicidad, la infancia abandonada o la predelincuencia a través de la institucionalización de los niños en enormes establecimientos asistenciales, como los Hogares Mundet de Barcelona. Se ofrecía entonces una protección meramente asistencial, sin ninguna visión preventiva y altamente estigmatizadora al separar a los niños protegidos del resto, creando una auténtica brecha entre la protección de los niños y niñas sin recursos económicos de la del resto.
Poco a poco se ha ido profesionalizando la intervención con la infancia en situación de vulnerabilidad, y se ha recogido legislativamente el principio del interés superior del menor como principio inspirador de toda actuación y políticas públicas en relación a la infancia y la adolescencia. Significativo me parece el hecho de que la vigente ley de protección de la infancia de nuestro país, aprobada en mayo 2010, lleve por nombre “Ley de los derechos y de las oportunidades en la infancia y la adolescencia”, ya que se avanza un paso más al proponerse dar cobertura no sólo a los derechos de la infancia, sino también a articular los instrumentos que permitan dotarlos de auténticas oportunidades para desarrollarse como personas. Y es que únicamente dotando a las personas, desde su infancia, de igualdad de oportunidades se puede configurar una sociedad justa.
Parece que el legislador entiende que existe una responsabilidad de toda la sociedad hacia el conjunto de la población infantil, de manera que se hace necesario llevar a cabo actuaciones proactivas que realmente doten a los niños y adolescentes de auténticas oportunidades. Cabe señalar al respecto el artículo 78. 1 de la LDOIA que recoge que el objeto de la prevención de la desprotección infantil: «son las situaciones en las cuales concurren indicadores o factores de riesgo que dejan patente la probabilidad de que el niño o adolescente que en ellas se encuentren, pueda en el futuro resultar desatendido de sus necesidades básicas». En este sentido, la actual normativa trata en un mismo texto los derechos de toda la infancia, de cualquier estrato social y situación, ya se encuentren atendidos por sus propias familias como por el sistema de protección a la infancia, ya que todos son tributarios de los mismos derechos y consideración.
A su vez, la propia ley recoge un título dedicado exclusivamente a la prevención en aras de evitar una posible situación de riesgo o de desprotección de la infancia y la adolescencia.
Llegados a este punto me parece interesante recordar un dato que ofreció Salvador Busquets en su intervención. En concreto, que las personas que han sufrido dificultades económicas cuando eran niños, tienen un 80% de posibilidades de volverlas a sufrir cuando sean adultos. Se evidencia así, que la falta de oportunidades de los niños y niñas cronifica la pobreza, de manera que las desigualdades en edades tempranas crean graves desventajas sociales difíciles de corregir. Este aspecto es corroborado por Sor Lucía Caram quien recuerda que España es el segundo país de la Unión Europea en cuanto al problema de pobreza infantil se trata, ya que generalmente se ha intentado dar soluciones aisladas a un problema estructural que necesita un enfoque más amplio.
Así, tal y como Salvador Busquets señala la educación ya no constituye por sí sola el “ascensor” social sino que se ha de trabajar con y para las familias para mejorar las condiciones de todos los miembros de la misma. Comparto absolutamente este enfoque de la cuestión ya que, si bien la educación es del todo necesaria para poder desenvolverse toda persona en la sociedad, no lo es menos el poder crecer en un entorno familiar estable y protector. La familia se configura como pilar fundamental donde el niño pueda desarrollar su auténtica identidad, donde se haga persona. Así se ha entendido también por toda la normativa moderna de protección de la infancia, desde la propia Convención de los Derechos del Niño que recoge expresamente, en su artículo 9, el derecho de los niños a crecer en una familia.
Lejos pues parece que han quedado las políticas que se ocupaban de la infancia como casi un problema de orden público, o como mero objeto pasivo de políticas asistenciales centradas básicamente en las necesidades de carácter material, olvidando la importancia de la estabilidad emocional para el correcto desarrollo de los niños.
Sin embargo, a pesar de dignificarse a los niños y niñas como sujetos titulares de derechos y reconocerse por los poderes públicos la necesidad de invertir en prevención, ¿por qué los que trabajamos en el ámbito de la infancia en riesgo vemos pasar generación tras generación a los mimos actores en situación de exclusión social? El círculo de la pobreza estructural es difícil de romper cuando los padres no cuentan con expectativas de futuro. La falta de trabajo y de unas mínimas condiciones de vida digna por las que luchar despersonalizan a las personas. No se plantean una planificación familiar ni un futuro para sus hijos porque no tienen ningún presente. A menudo son las mujeres las que deben cargar con el peso de la familia, ellas solas porque su compañero las ha abandonado y no disponen de red social de apoyo. Se limitan a sobrevivir porque no viven realmente una vida digna. Se encuentran completamente desarraigados de la sociedad.
Quizás lo que realmente haga falta sea creer en cada una de esas personas y devolverles la confianza en sí mismas. Porque esa mirada confiada será la que recibirá el niño o niña, y le permitirá así abrir también sus ojos a un mundo que se le aventure seguro y repleto de oportunidades.
Imagen extraída de: Pixabay
Muy buen contenido. Estamos perdiendo valores que hasta ahora nos han mantenido unidos. La familia y la educación en valores es fudamental.
Enhorabuena